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FUNCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA HIDROAGRÍCOLA |
- Fomentar la construcción, mejoramiento y modernización de la infraestructura hidroagrícola en el Estado relativa a pozos, canales, drenes, bordos, represas, presas, drenaje parcelario y tendidos eléctricos;
- Coordinar la elaboración del programa anual de obras para la construcción, rehabilitación y modernización de las áreas de riego, basándose en el Plan Estatal de Desarrollo, en el programa Estatal específico de la materia y en las prioridades dictadas por el Ejecutivo del Estado;
- Participar y coadyuvar con la autoridad competente en el ordenamiento y reglamento de las cuencas hidrológicas con relación a la extracción, distribución y aprovechamiento del recurso hídrico;
- Coordinar acciones con los representantes del Distrito, Módulos y Unidades de Riego, así como con la Comisión Nacional del Agua para determinar los programas a ejecutar en forma convenida;
- Coordinar la elaboración de acuerdos, convenios, anexos de ejecución y técnicos relativos a las obras de construcción, rehabilitación y modernización hidroagrícola;
- Coordinar y supervisar la integración de convocatorias para los concursos y la licitación de las obras de infraestructura hidroagrícola que se programan durante cada ejercicio;
- Vigilar que las obras de infraestructura hidroagrícola se ejecuten de conformidad a las especificaciones señaladas en los proyectos de obra;
- Supervisar que se lleve a cabo el control físico de la obra hidráulica e informar periódicamente al titular de la Secretaría;
- Autorizar los contratos, pagos de anticipos, estimaciones y escapatorias que se generen con motivo de las obras hidráulicas que se ejecuten;
- Representar a la dependencia, por instrucción expresa de su titutlar, en las reuniones de Mesa Técnica, Módulos de Riego, Comité Directivo Agrícola y Subcomité Hidroagrícola que se efectúen;
- Coordinar con las instancias involucradas en el pr4ograma de infraestructura hidráulica a efecto de atender todas las situaciones que se presenten durante el proceso de ejecución de éstas;
- Las demás que le indiquen el Secretario y el Subsecretario de Fomento Agropecuario y las que le señale las disposiciones vigentes en la materia.
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DEPARTAMENTO HIDROAGRÍCOLA VALLE DE MEXICALI |
- Atender, controlar, supervisar y evaluar la programación y ejecución de obra hidroagrícola que se realice en el Valle de Mexicali, estableciendo para ello acciones conjuntas con la dependencia federal responsable en la materia y con los organismos representativos de los usuarios del riego;
- Elaborar los expediente técnicos APRA la programación, gestión y autorización de los recursos de inversión estatal en materia hidroagrícola;
- Detectar los requerimientos de obra que permita planear, programar y priorizar las acciones y recursos para la modernización, rehabilitación y conservación de la infraestructura hidroagrícola;
- Integrar expedientes por cada una de las obras autorizadas y convenidas con los usuarios, incluyendo solicitud, viabilidad técnica-económica, impacto productivo, productores y comunidad beneficiadas, entre otros aspectos,
- Participar en la organización de los concursos de obra hidroagrícola y verificar que éstos se lleven a cabo de acuerdo a la normatividad vigente para tal efecto;
- Supervisar y/o elaborar los catálogos de concepto de obra;
- Revisar que los proyectos de obra cumplan con las especificaciones, normas y técnicas establecidas;
- Realizar inspección ocular del sitio donde se ejecutaran los trabajos de obra, para constatar que la necesidad de las mismas correspondan a lo establecido en los proyectos del programa;
- Participar en la contratación de obra hidroagrícola, supervisando que el procedimiento se efectúe conforme al marco legal y sean conocidos al detalle los derechos y obligaciones de las partes;
- Revisar y conciliar estimaciones de obra, así como elaborar el avance físico-financiero de las mismas;
Dar seguimiento en campo a la ejecución de las obras de infraestructura hidroagrícola e informar sobre su cumplimiento en tiempo y forma;
- Supervisar el desarrollo y avance de los programas y obras hidroagrícolas a cargo del departamento, detectando los problemas que se presentan en su ejecución, así como proponiendo, a su inmediato superior, las soluciones que procedan;
- Participar en la mesa técnica de autorización de pagos y elaborar los cuadros de pagos correspondientes;
- Participar en mesas, órganos y reuniones técnicas relacionadas con la administración y ejecución de los programas hidroagrícolas, debiendo rendir informe de los acuerdos y resultados alcanzados;
Coordinar y dar seguimiento a las acciones de vigilancia y asesoría a los organismos encargados de administrar el recurso agua, conforme lo establece la Ley Federal de Aguas;
- Promover los diferentes programas hidroagrícolas concertando y conciliando con los usuarios de riego los proyectos de mejora y modernización de la infraestructura;
- Coordinar actividades con la Comisión Nacional del Agua para analizar y decidir respecto a las reglas de operación y mecánica operativa de los diferentes programas hidroagrícolas, así como para dar seguimiento a la problemática respecto a la administración del agua;
- Las demás que le indique el Director de Infraestructura Hidroagrícola y las que le señale las disposiciones vigentes en la materia.
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DEPARTAMENTO HIDROAGRÍCOLA ZONA COSTA |
- Atender, controlar, supervisar y evaluar la programación y ejecución de obra hidroagrícola que se realice en la Zona Costa del Estado, estableciendo para ello acciones conjuntas con la dependencia federal responsable en la materia y con los organismos representativos de los usuarios del riego;
- Programar, contratar y ejecutar por administración obra hidroagrícola relacionada con la construcción y rehabilitación de bordos, tendidos eléctricos, pozos agrícolas y caminos rurales;
- Elaborar o proponer los estudios técnicos necesarios para la construcción de las obras de captación de agua;
Elaborar los expedientes técnicos para la programación, gestión y autorización de los recursos de inversión estatal en materia hidroagrícola;
- Detectar los requerimientos de obra que permita planear, programar y priorizar las acciones y recursos para la modernización, rehabilitación y conservación de la infraestructura hidroagrícola;
- Integrar expedientes por cada una de las obras autorizadas y convenidas con los usuarios, incluyendo solicitud, viabilidad técnica-económica, impactos productivo, productores y comunidad beneficiadas, entre otros aspectos;
- Participar en la organización de los concursos de obra y verificar que éstos se lleven a cabo de acuerdo a la normatividad vigente para tal efecto;
- Supervisar y/o elaborar los catálogos de concepto de obra;
- Revisar que los proyectos de obra cumplan con las especificaciones, normas y técnicas establecidas;
- Realizar inspección ocular del sitio donde se ejecutaran los trabajos de obra hidroagrícola, para constatar que la necesidad de las mismas correspondan a lo establecido en los proyectos del programa;
- Participar en la contratación de obras, supervisando que los contratos se efectúen conforme al marco legal y sean conocidos al detalle los derechos y obligaciones de las partes;
- Revisar y conciliar estimaciones de obra, así como elaborar el avance físico-financiero de las mismas;
Supervisar y dar seguimiento a la ejecución de las obras de infraestructura hidroagrícola e informar sobre los problemas que se presentan, proponiendo soluciones que procedan en tiempo y forma;
- Participar en mesas, órganos y reuniones técnicas relacionadas con la administración y ejecución de los programas hidroagrícolas, y rendir informe de acuerdos y resultados;
- Coordinar y dar seguimiento a las acciones de vigilancia y asesoría a los organismos encargados de administrar el recurso agua;
- Promover los diferentes programas hidroagrícolas, concertando y conciliando con los usuarios de riego los proyectos de mejora y modernización de la infraestructura;
- Coordinar actividades con la Comisión Nacional del Agua para analizar y decidir respecto a las reglas de operación y mecánica operativa de los diferentes programas hidroagrícolas, así como para dar seguimiento a la problemática respecto a la administración del agua;
- Las demás que le indique el Director de Infraestructura Hidroagrícola y las que le señale las disposiciones vigentes en la materia.
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